A propósito de un proyecto de Ley que fue radicado, recientemente, en el Congreso de la República en torno a la prostitución, nuestro invitado del mes, el psicólogo y sexólogo, José Manuel González (*), expone su punto de vista:
“El trabajo sexual es una práctica antigua que ha existido en diferentes culturas a lo largo de la historia. En Grecia y Roma, la prostitución era considerada una parte aceptada de la sociedad y estaba regulada por leyes y normas específicas.
En otras culturas la prostitución ha sido vista como una forma de explotación y violencia contra las mujeres. También existen las culturas que la clasifican como una ofensa a la moral.
En Colombia, la prostitución no está legalizada ni regulada, pero la Corte Constitucional ha emitido fallos que reconocen el derecho de las personas a ejercer la prostitución de manera voluntaria y a recibir protección y garantías en el ejercicio de esta actividad.
Existen leyes y normativas en nuestro país que buscan prevenir y sancionar la explotación sexual, el proxenetismo y la trata de personas con fines de explotación sexual.
La prostitución es un tema controvertido. Es importante abordarlo con sensibilidad y respeto hacia todas las perspectivas involucradas. Si bien algunas personas pueden argumentar que existen ciertas ventajas o beneficios asociados a la prostitución, es importante tener en cuenta que esto puede variar según las circunstancias individuales y las condiciones en las que se ejerce.
También hay personas que ven una serie de peligros asociados al trabajo sexual, como el contagio de infecciones de transmisión sexual o el consumo de drogas asociadas generalmente a su práctica.
Este mes se radicó ante el Congreso el proyecto de Ley 186 de 2023, que busca regular el trabajo sexual en Colombia. Este proyecto de ley fue elaborado en asocio con Astrasex (Asociación Sindical de Trabajo Sexual), la organización “Putamente Poderosas” de Medellín y el Sindicato de trabajadoras sexuales de Antioquia (Sintrasexa).
Este proyecto de Ley busca reconocer el derecho de las personas a ejercer el trabajo sexual dignamente, definiendo trabajo sexual como “cualquier actividad sexual que se realiza entre dos o más personas mayores de 18 años, de forma voluntaria, libre y sin coerción y en plena facultad de sus capacidades”.
También busca que toda persona que ejerza el trabajo sexual tenga derecho a un contrato a término indefinido con todas las prestaciones y obligaciones de ley, es decir, acceso a seguridad social, pensión, licencia de maternidad o paternidad, vacaciones, prima, cesantías y demás.
El proyecto de Ley establece responsabilidades para sus “clientes”, como realizar controles periódicos de infecciones de transmisión sexual, usar siempre condón, pagar los valores pactados y no realizar o permitir ningún acto de violencia o maltrato.
Me gustaría conocer tu opinión sobre este controvertido tema a través de mi WhatsApp 3106302444”.
(*) Columna tomada de la edición digital de El Heraldo de Barranquilla.
www.drjmgonzalez.com
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