A María Ximena Dávila y Nina Chaparro, dos investigadoras sociales de Dejusticia, un centro de estudios jurídicos y sociales con sede en Bogotá, les llamó la atención el titular del diario El Tiempo “El silencio: cómplice del acoso sexual en las universidades del país”. Eso fue el 20 de mayo del 2016.
Desde entonces se dieron a la tarea de dedicarse a profundizar sobre el tema a nivel nacional, con soporte y contexto internacional. Dávila y Chaparro no solo lograron apartarse de lo mediático que publican los medios, sino de dejar un verdadero aporte para que el Estado muestre interés en estructurar reales políticas públicas que traspasen la frontera de la retórica.
El resultado, condensado en 186 páginas que forman el libro ‘Acoso sexual, universidades y futuros posibles’, fue expuesto en un evento reciente con motivo de haberse cumplido el Día Internacional de la Mujer, el pasado 8 de marzo.
Un punto de partida fue la búsqueda de la información a partir de derechos de petición enviados, formalmente, a 44 universidades del país, 22 de ellas del sector privado, y las restantes del oficial, que recogen el 37 por ciento de los estudiantes matriculados. Las respuestas permitieron determinar que de 413 denuncias de acoso recibidas entre 1998-2019, de las cuales 83 se tipifican como acoso sexual, y ¡sólo 8, terminaron en sanción!
Además, las investigadoras detectaron que, a pesar de contar con la Ley 1257 de 2008, que define, previene y sancione las expresiones violentas con las mujeres, incluyendo el acoso sexual, las cosas no pasan más allá de buenas intenciones, o de evidente indiferencia para aplicar la herramienta jurídica.
“Esta investigación, por ende, quiere plantear caminos y reflexiones útiles para la construcción de políticas contra el acoso y la violencia sexual. Frente al auge de políticas que las universidades colombianas han emitido en los últimos años, es preciso brindar un abanico de pensamientos para que estas tengan un potencial transformador y no se agoten en acciones estériles. Solo así las universidades realmente podrán cumplir con su objetivo principal: ser espacios de construcción de ciudadanía, educación política y lucha contra la desigualdad”, exponen las autoras en la introducción de su trabajo.
Hacen un recorderis de lo que es reconocido, a nivel nacional e internacional, como acoso sexual: Es violencia basada en el género. “Es decir, como una violencia que tiene marcas particulares en las mujeres y las personas con sexualidades no normativas, y que evidencia las desigualdades estructurales a las que están expuestas. En primer lugar, esta conducta se encuentra consagrada como un tipo de violencia contra las mujeres en tratados internacionales ratificados por Colombia, como la Convención de Belém do Pará”.
Precisamente, Dávila y Chaparro señalan que la Corte Constitucional en dos sentencias, la T-265 de 2016 y T-140 de 2021, advierten que el acoso sexual constituye una violación internacional de los derechos humanos.
Un punto de quiebre que consideran las investigadoras para que los casos de acoso sexual en los estamentos universitarios de Colombia estén saliendo a flote lo constituye el resurgimiento en el mundo del movimiento #MeToo en el 2017. “Sin querer dar una explicación causal, creemos que la consolidación de este movimiento transnacional pudo tener una influencia en el interés de los medios para cubrir este tema y en la cantidad de noticias y artículos que hoy se publican al respecto”, aseguran.
También indican que al interior de varias universidades han ido apareciendo políticas y protocolos para atender con seriedad las denuncias de quienes se atreven a exponerlas. Destacan el caso de la de los Andes, privada, y la Nacional, pública, pero que en la mayoría apenas están en la construcción de los procedimientos a seguir. Entre las argumentaciones dadas para no adoptar programas es la falta de recursos económicos, o desfinanciación, incluso hasta de personal idóneo.
A nivel de universidades de América Latina que han adoptado, con cierto éxito, protocolos de prevención atención inmediata y seguimiento referencian los adoptados en la UNAM de México; la Universidad de Argentina, en Buenos Aires; y la Universidad de Santiago, en Chile.
Destacan, igualmente, que de parte del Gobierno Nacional “no existe ninguna norma o lineamiento jurídico que determine cuáles son las obligaciones de las instituciones de educación superior en materia de prevención de las violencias –no únicamente del acoso sexual– y la discriminación que sufren las mujeres, los cuerpos feminizados y las integrantes de grupos históricamente excluidos en su paso por la universidad”.
Desde esta tribuna la invitación a nuestros ciberlectores e interesado es a leerse el libro, que está en formato digital y gratuito.
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