Herramienta jurídica contra el acoso sexual

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El término escrache lleva cerca de cuatro años abriéndose paso en el debate público colombiano como una categoría jurídica y social. ‘Importado’ de experiencias de la vida argentina de los azarosos años noventa, hoy hace parte de las herramientas que buscan frenar la violencia de género y el acoso sexual.

Precisamente, la periodista y feminista Claudia Palacios lo ha utilizado para analizar el caso de dos mujeres periodistas que acusan al también periodista Rafael Poveda de acoso sexual, apoyándose en tres sentencias de la Corte Constitucional que han delineado sus alcances y límites.

El escrache, en este contexto, no es solo un acto de denuncia pública. Se trata de un mecanismo de visibilización que interpela a la sociedad sobre la persistencia de prácticas abusivas que muchas veces escapan a la sanción judicial.

Como reseñé antes, el término proviene de Argentina producto de las históricas protestas contra la impunidad de los represores de la dictadura militar, registrada entre los años 1976 y 1983.

La agrupación Hijos por la Identidad y la Justicia contra el Olvido y el Silencio, HIJOS, lo popularizó en 1995 para mantener viva la memoria de las víctimas, al señalar públicamente a genocidas beneficiados por los indultos del entonces presidente Carlos Menem.

Desde entonces, escrache se expandió a otros países, como España, donde la Plataforma de Afectados por la Hipoteca, PAH, lo empleó, en 2013, para denunciar a políticos responsables de la crisis de vivienda; y Venezuela, donde se convirtió en una forma de increpar a funcionarios del chavismo.

En Colombia, su adopción se viene dando desde el 2022, principalmente, en el marco de denuncias feministas, como herramienta de presión social frente a la violencia de género.

La Corte Constitucional colombiana ha reconocido el escrache como discurso, especialmente, protegido por la libertad de expresión, a través de tres sentencias emitidas.

En la Sentencia T-061 de 2022, lo definió como una forma legítima de denuncia pública sobre violencia de género, subrayando que no constituye censura previa y que debe evaluarse bajo el principio de proporcionalidad.

Posteriormente, en la T-452 de 2022, analizó su uso en el periodismo feminista, destacando que la libertad de expresión ‘prima facie’ –‘a primera vista’ o ‘en principio’- prevalece frente a la honra y el buen nombre, siempre que la información sea veraz y se ajuste a estándares periodísticos.

Y, en la Sentencia T-440 de 2025, reiteró que las denuncias por acoso sexual difundidas en medios son discursos constitucionalmente protegidos, especialmente cuando se aplican con perspectiva de género.

Estas decisiones consolidan un marco jurídico que legitima el escrache como herramienta de defensa de derechos fundamentales, aunque advierten que no es un derecho absoluto y debe respetar la veracidad y proporcionalidad.

Expertos internacionales han aportado reflexiones que enriquecen este debate. La lingüista española María Moliner sostiene que el escrache es “una forma de protesta ciudadana que busca romper el silencio institucional frente a la injusticia”.

El jurista argentino Roberto Gargarella lo describe como “un acto de justicia simbólica que, aunque no sustituye al sistema judicial, lo complementa al visibilizar lo que este no logra sancionar”.

En Colombia, la investigadora feminista Florence Thomas ha señalado que “el escrache es un recurso legítimo de las mujeres para denunciar el acoso y la violencia, en un país donde las instituciones aún fallan en garantizar justicia efectiva”.

Estas voces coinciden en que el escrache no debe confundirse con violencia física ni con difamación gratuita, sino entenderse como un acto de resistencia social.

Entidades como la Fundación Karisma, de Colombia, y la Corporación Humanas, de Chile, han estudiado el impacto del escrache concluyendo que se trata de un mecanismo que amplifica las voces de las víctimas y genera conciencia colectiva sobre la gravedad del acoso sexual.

Sin embargo, advierten que su uso debe estar acompañado de criterios de responsabilidad, para evitar que se convierta en un instrumento de persecución injustificada.

La Defensoría del Pueblo también ha reconocido que, aunque el escrache puede tensionar derechos como la honra y el buen nombre, su valor radica en visibilizar problemáticas que de otro modo permanecerían ocultas.

Dos ejemplos ilustrativos permiten comprender mejor su aplicación. En Argentina, los escraches organizados por HIJOS contra represores indultados marcaron un hito en la lucha por la memoria y la justicia, logrando que la sociedad no olvidara los crímenes de la dictadura.

En España, las protestas de la PAH frente a las viviendas de políticos responsables de la crisis hipotecaria visibilizaron la desesperación de miles de familias y presionaron cambios legislativos.

Ambos casos muestran cómo el escrache, más allá de su carácter simbólico, puede tener efectos concretos en la agenda pública y en la conciencia social.

La reflexión de Claudia Palacios, al citar las sentencias de la Corte Constitucional, subraya que este mecanismo tiene respaldo jurídico y social, y que su uso en contextos de violencia de género es especialmente relevante.

No obstante, también plantea la necesidad de un debate responsable sobre sus límites, para evitar que se desvirtúe como instrumento de difamación.

Las recomendaciones apuntan a un uso consciente y responsable del escrache. Primero, debe entenderse como un recurso legítimo de denuncia pública, especialmente en casos de violencia de género y acoso sexual, donde las instituciones no ofrecen respuestas efectivas.

 Segundo, su aplicación debe estar acompañada de criterios de veracidad y proporcionalidad, para garantizar que no se convierta en un acto de persecución injusta.

Tercero, las instituciones deben reconocer su valor como mecanismo de presión social y generar canales efectivos de justicia que reduzcan la necesidad de recurrir a él.

Los investigadores coinciden en reiterar que la sociedad debe asumir que el escrache es una expresión de resistencia ciudadana que interpela a todos sobre la urgencia de erradicar la violencia de género.

Advierten que su aplicación exige responsabilidad y conciencia, pero también representa un avance en la defensa de los derechos de las mujeres.

Igualmente, destacan que es un acto de llamado a la sociedad para que no permanezca indiferente frente a la violencia y para exigir justicia allí donde las instituciones aún fallan.

Álvaro Oviedo C

Periodista independiente, actual editor de sinrecato.com Profesional con más de 40 años de experiencia en medios de comunicaciones impresos y digitales, relaciones públicas, radio y tv. Desde el 2018, cocreador de sinrecato.com, plataforma digital de expresión para romper tabués sobre la sexualidad, la vida en pareja, la formación de buenos ciudadanos y mejores familias, llamando las cosas por su nombre. Creador de la red informativa regional, sinrecatonoticias.

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